RESOLUCIÓN AG/RES. 2504 (XXXIX-O/09) en español

junio 4, 2009

DERECHOS HUMANOS, ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 2009)

LA ASAMBLEA GENERAL,
TENIENDO EN CUENTA la Resolución AG/RES..2435 (XXXVIII-O/08), titulada Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género;

REITERANDO:
Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión poltica o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición;

Que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre prevé que todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad personal;

CONSIDERANDO que la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) proclama que la misión histórica de América es ofrecer al hombre una tierra de libertad y un ámbito favorable para el desarrollo de su personalidad y la realización de sus justas aspiraciones;

REAFIRMANDO los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos;

TOMANDO NOTA DE la Declaración sobre Orientación Sexual e Identidad de Género, presentada a la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008; y

TOMANDO NOTA CON PREOCUPACIÓN de los actos de violencia y de las violaciones de derechos humanos relacionadas, perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género,

RESUELVE:

1. Condenar los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos relacionadas, perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género.

2. Urgir a los Estados a asegurar que se investiguen los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género, y que los responsables enfrenten las consecuencias ante la justicia.

3. Instar a los Estados a asegurar una protección adecuada de los defensores de derechos humanos que trabajan en temas relacionados con los actos de violencia y violaciones de los derechos humanos perpetrados contra individuos a causa de su orientación sexual e identidad de género.

4. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los demás órganos del sistema interamericano que sigan prestando la adecuada atención al tema.

5. Reiterar a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Polticos (CAJP) que incluya en su agenda, antes del cuadragésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General, el tema Derechos humanos, orientación sexual e identidad de género.

6. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General, en su trigésimo noveno período ordinario de sesiones, sobre el cumplimiento de la presente resolución, cuya ejecución estará sujeta a la disponibilidad de recursos financieros en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos.

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